El Rincón del Paciente - FAQ
¿Quién puede ser donante de órganos y tejidos?
Cualquier persona que en vida no se haya manifestado en contra, puede ser donante de órganos y tejidos. En principio no existe límite de edad, aunque sí es necesario que la muerte del donante se produzca en el hospital, en una UCI móvil o SAMU, para poder realizar todas las pruebas y conservar adecuadamente los órganos.
El proceso de donación se inicia en el caso de que se produzca la muerte del individuo, al cesar de forma irreversible sus funciones cardiorrespiratorias o encefálicas. Cuando esto sucede, se pueden conservar de manera artificial los órganos del cuerpo para trasplante.
La donación es un acto voluntario y desinteresado, y no existe ninguna compensación económica entre donante y receptor. En el proceso de donación se mantiene absoluta confidencialidad y se garantiza que su finalidad es la de favorecer la salud o las condiciones de vida del trasplantado.
¿Cómo y cuándo hacerse donante?
Si usted se plantea la posibilidad de ser donante, lo único que ha de hacer es comunicar la decisión a su familia o allegados, ya que serán ellos los primeros en ser consultados. Cabe esperar que ellos respeten su voluntad.
Documento de voluntades anticipadas
Se trata de un documento en el que una persona mayor de edad o menor emancipada, con capacidad legal suficiente y libremente, manifiesta las instrucciones sobre las actuaciones médicas que deben tenerse en cuenta cuando se encuentre en una situación en la que no pueda expresar libremente su voluntad.
En el Documento de Voluntades Anticipadas la persona interesada podrá hacer constar su decisión respecto a la donación de sus órganos con finalidad terapéutica, docente o de investigación. En estos casos, no se requerirá autorización para la extracción o utilización de los órganos donados. El Documento de Voluntades Anticipadas se podrá efectuar de las siguientes maneras:
- Formalizar en una escritura pública delante de un notario. En este caso es el notario quien accede al Registro Centralizado de Voluntades Anticipadas.
- En una declaración ante tres testigos. Los testigos deberán ser mayores de edad, con capacidad plena de obrar, y dos de ellos no podrán estar ligados con la persona interesada por razón de matrimonio, pareja de hecho, parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad o relación patrimonial alguna. Para registrar el Documento de Voluntades Anticipadas, se puede acudir a los Servicios Centrales de la Conselleria de Sanidad, en la calle de Misser Mascó, 31, de Valencia, a cualquiera de las direcciones territoriales de la Conselleria de Sanidad, y a la mayoría de los Servicios de Atención e Información al Paciente (SAIP) de la red hospitalaria de la Comunidad Valenciana.
Donación de órganos y tejidos
Los trasplantes de órganos y tejidos humanos son a veces la única alternativa de Vida para muchos enfermos. Con los avances técnicos y científicos aumenta día a día el número de persones que, gracias a la generosidad de aquellos que han perdido su vida, podrían beneficiarse de un trasplante.